jueves, 29 de abril de 2010

proyecto de ganaderia

Apoyo a la Adquisición de Activos Productivos componente Ganadero


Fecha de actualización: 18/02/2010


Dependencia: SECRETARIA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL


Tipo de trámite en Internet: de Información


Trámite o servicio:

Apoyo a la Adquisición de Activos Productivos componente Ganadero


Descripción

Incrementar los niveles de capitalización de las unidades económicas de los productores de los sistemas producto Bovinos leche, Doble Propósito, Carne, Ovinos Carne, Porcinos, Cabras, Apicultura, Conejos y Aves, a través del apoyo subsidiario a la inversión en bienes de capital estratégico (Adquisición de Semilla y/o Material Vegetativo, Ganado (Sementales y Vientres), Genético (Semen, núcleo de Abejas, Abejas Reyna) Equipo e infraestructura) para la realización de actividades de producción primaria, sanidad e inocuidad, procesos de agregación de valor y acceso a los mercados.


Área responsable:

Dirección General de Ganadería


Domicilio:

Carretera México-Pachuca km. 93.5 Ex-Centro Minero, Edificio 1-A, Col. Venta Prieta, Pachuca de Soto, Hgo. C.P. 42080


Teléfono

01 771 718000 ext. 8025, 8023, fax 8029


Área de pago

No aplica


Horario de atención

8:30 a 16:30 de lunes a viernes


Costo

No aplica


A quien esta dirigido el trámite o servicio

Personas físicas o morales constituidas conforme a las legislaciones en materia ganadera, mercantil, civil, agraria, entre otras, que de manera individual u organizada, se dediquen a actividades pecuarias, conforme a la estratificación de productores y la regionalización que se establece en el artículo 8 de las Reglas de Operación de Activos Productivos emitidas en el diario oficial de la federación de fecha 29 de diciembre de 2009. *(Ver Observaciones).


Tiempo de respuesta

30 días hábiles después del cierre de ventanillas


Comprobante a obtener

Oficio de autorización del Fideicomiso Fondo de Fomento Agropecuario del Estado de Hidalgo (FOFAEH)


Vigencia

Del 15 de febrero al 31 de marzo de 2010


Formato a utilizar

FORMATO ANEXO 3

FORMATO ANEXO 4

FORMATO ANEXO 6

FORMATO ANEXO 7-1

FORMATO ANEXO 7-2



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Requisitos

Persona física: Llenado de Anexo 3, Anexo 4, Anexo 7 en proyectos menores a $200,000.00 de apoyo en caso contrario anexo 6; copia de los siguientes documentos: credencial (o en caso contrario pasaporte, cedula profesional, cartilla del servicio militar), CURP; comprobante de domicilio; acreditación de la legal propiedad o posesión de los predios que se involucren dentro del proyecto. Persona moral: Llenado de Anexo 3 , Anexo 5, Anexo 7 en proyectos menores a $200,000.00 de apoyo en caso contrario anexo 6, copia simple o en su caso copia certificada de los siguientes documento: a) instrumento constitutivo y de las modificaciones que, en su caso, haya tenido; b) RFC; c) cédula de identificación fiscal; d) comprobante de domicilio fiscal; f) acta de la instancia facultada para nombrar a las autoridades vigentes o poder del representante legal, debidamente protocolizada; g) identificación oficial del representante legal. En los casos de solicitar obra se deberá acompañar del expediente. Constructivo que será plano con medidas y especificaciones de construcción, presupuesto de la obra, lista de materiales a usar en la misma, en los casos de ganado, equipo, semilla, una cotización a nombre del beneficiario especificando características del bien precio en moneda nacional, garantías, cuenta con los requisitos zoosanitarios vigentes y porcentaje de germinación y pureza de la semilla con respecto al bien.


Observaciones

De los requisitos; los formatos de la solicitud se expiden en los CADERS, DDR y Secretaria de Agricultura y Desarrollo Rural. El apoyo gubernamental del programa podrá ser hasta del cincuenta por ciento (50%) del costo de los bienes o inversiones para cada proyecto a apoyar, o hasta $750,000.00 por beneficiario, conforme al análisis de la solicitud o proyecto, con las siguientes excepciones: Para los productores del estrato bajo nivel de activos y grado de marginación alta y muy alta, el apoyo podrá ser de hasta el 75% del costo total del proyecto, bienes o inversiones a, sin rebasar los $750,000.00 por beneficiario. Procedimiento de Selección. Para el caso de la modalidad de operación de los apoyos de la Secretaría a través de las Entidades Federativas o Agentes Técnicos se aplicará el siguiente procedimiento de selección de interesados: 1.- Recepción de las solicitudes con documentación completa; 2. Valoración de las inversiones solicitadas, respecto de su apego al plan de activos estratégicos acordados y establecidos en el Anexo Técnico; 3.- Clasificación de las solicitudes de acuerdo al estrato de los solicitantes señalado en el apartado II.1 de este programa; 4.- Dictamen de solicitudes de acuerdo a la calificación resultante de los criterios del Anexo 8 de este programa; 5.- Autorización de los apoyos a las solicitudes con mayor puntaje en la evaluación, sin rebasar la disponibilidad presupuestal; 6.- Emisión del dictamen (positivo o negativo) a todas las solicitudes, y 7.- Los beneficiarios, montos y tipos apoyos recibidos serán dados a conocer en los órganos locales oficiales de difusión, en sus páginas electrónicas, en otros medios locales de difusión de las respectivas Entidades Federativas, en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. El tiempo de vigencia es el periodo en el que permanecen abiertas las ventanillas inicialmente para la recepción de la documentación. Después de dictaminadas las solicitudes, si hubieran recursos disponibles se tendrán que aperturar las ventanillas nuevamente hasta comprometer la totalidad del gasto de inversión.


Fundamento Jurídico/Administrativo

Ley de desarrollo rural sustentable; Ley de Desarrollo Pecuario para el Estado de Hidalgo; Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural Artículo: 9, 10, 12,13,14,17,18,20 y 25. Fracciones: Cap. I: I - II; I - XVIII; Cap. II: I - XXI; Cap. .III Secc. I I – XXII; Secc. II I- X: Secc. III I-XIII; Cap. IV: I-XI; Cap. V Secc. I I- XXIV; Secc. II I-XVII: Secc. III: I-X; Secc. IV: I-XI; Secc. V: I-XVII; Secc. VI: I-XI: Secc. VII: I-XXV. Reglas de operación del Programa de Activos Productivos emitidas en el diario oficial de la federación de fecha 29 de diciembre de 2009.


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